El proceso electoral del 5 de mayo de 2024. Tiempo necesario para la votación.
El Código de Trabajo contempla entre las obligaciones de los trabajadores la de realizar el trabajo convenido, con la intensidad, cuidado y eficiencia, en el tiempo y en el lugar estipulado. Esto implica, presentarse a realizar sus labores en las instalaciones de la empresa o en el lugar que ésta así lo determine, durante el horario que le corresponda conforme a lo pactado en su contrato de trabajo.
Es importante con miras al proceso electoral que se avecina, que las empresas y su personal conozcan el contenido del Artículo 406 del Código Electoral el cual citamos a continuación:
Los servidores públicos y los trabajadores de la empresa privada podrán ausentarse de su trabajo el día de las elecciones durante el tiempo necesario, a fin de que puedan votar, sin que por ello queden sujetos a pena o deducción de salario.
La finalidad de la norma es que los ciudadanos asistan a votar por lo que nadie puede prohibir o impedir al trabajador que ejerza su derecho al voto.
Es importante revisar este tema con antelación con los trabajadores para determinar lo que sería un tiempo razonable para ir a ejercer el derecho al voto, que implica determinar la distancia entre el centro de votación y el lugar de trabajo.
A pesar de lo dispuesto por el artículo 406 en cuanto a que el trabajador no será sujeto a pena o deducción de salario, consideramos de comprobarse que éste no asistió a votar, la empresa podría estar aplicando una medida disciplinaria, previo análisis del caso particular.