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BoletinesLic. María Fernanda MirandaMODIFICACIÓN A LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

agosto 25, 20260

Mediante la Ley 473 de 19 de junio de 2025 se introducen
modificaciones a Ley 45 de 2007 sobre Protección al
Consumidor y Defensa a la Competencia. Asimismo, el Decreto
Ejecutivo No. 2 de 23 de enero de 2026 que modifica
disposiciones del Decreto Ejecutivo No. 46 de 23 de junio de
2009, con el propósito de fortalecer la transparencia en la
información de los precios en todo establecimiento comercial o
canal de ventas de bienes y/o prestación de servicios ofrecida a
los consumidores.

Las nuevas disposiciones establecen que todos los establecimientos o
canal de ventas (agente económico) de bienes y/o servicios deberán
indicar el precio total de venta de forma clara, precisa y en un lugar
visible al público.
El precio total de venta se define como el monto final que el consumidor
debe pagar por un producto, bien y/o servicio, incluyendo impuestos y/o
tasas nacionales legalmente establecidas.
A partir del 19 de junio de 2026, se deberá indicar el precio total
expresado en la moneda de curso local, el cual corresponderá al importe
final que deberá pagar el consumidor final.
Ejemplo:
ACTUALMENTE A PARTIR DEL 19 DE JUNIO DE 2026
PRECIO USD. 15.00 +7% de (ITBMS) PRECIO TOTAL DE VENTA USD. 16.05
TOTAL = USD. 16.05
Asimismo, se deberá informar sobre cualquier cargo adicional, indicando
su concepto y monto, entre ellos cargos por pago tardío, u otros costos o
pago adicionales, incluyendo pagos a terceros, primas de seguro, siempre
que sean requeridos como condición de contratación.
En Mendoza, Arias, Valle & Castillo, nos encontramos a su disposición para
brindarle asesoría en las adecuaciones y facilitar su cumplimiento.

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