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BoletinesLic. Rubén M. Castillo GillSALARIO MÍNIMO: TEMAS FUNDAMENTALES

agosto 25, 20260

Artículo 172 del Código de Trabajo:
Todo trabajador tiene derecho a recibir un salario mínimo. Podrán
fijarse por profesión y oficio.

Artículo 174 del Código de Trabajo:
Existe una Comisión Nacional de Salario Mínimo que puede hacer
recomendaciones en esta materia. La comisión es tripartita. Si el
sector trabajador y empresarial, no se ponen de acuerdo, el salario
mínimo aplicable lo define el órgano ejecutivo.
La revisión del salario mínimo se realiza cada dos años.

Es importante resaltar que el salario mínimo se establece por
actividad y por región. En la actualidad hay dos (2) regiones.

Los decretos que fijan el salario mínimo, lo hacen por hora.

Mediante Decreto Ejecutivo No.13 de 31 de diciembre de 2025, se
establecen las nuevas tasas del salario mínimo. El decreto rige a
partir del 16 de enero de 2026.

Otro tema importante es que para determinar el salario mínimo
aplicable, es importante contar con la clasificación industrial
nacional uniforme de todas las actividades económicas expedida
por la Contraloría General de la República y el aviso de
operaciones de la empresa.
Adjuntamos decreto.

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