
División de migración
Mendoza, Arias, Valle & Castillo cuenta con un pujante equipo de trabajo que brinda servicios que facilitan los procedimientos migratorios. El trabajador expatriado y la empresa para la cual trabaja contarán con el respaldo de un servicio personalizado que hará más llevadero el trámite correspondiente. Nuestra división de migración atiende los siguientes temas:
- Visas de no residente
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- Visa de turista.
- Extensión de visa de turista
- Visa de marino
- Visa de transeúnte o trabajadores eventuales
- Visa de doméstica
- Visa de corta estancia
- Vista de corta estancia por negocio
- Visa de corta estancia para visitar familiares.
- Visa de corta estancia para investigadores y científicos.
- Vista de corta estancia por tratamiento médico.
- Visa de corta estancia en calidad de comerciantes e inversionistas por leyes especiales.
- Visa de corta estancia por asistencia humanitaria internacional.
- Visa de corta estancia para el sector bancario.
- Visa de pasajeros y tripulantes de naves con fines de recreo o turismo.
- Extensión de visa para pasajeros o tripulantes en tránsito.
- Residencias permanentes
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- Por razones económicas
- Inversionista forestal.
- Inversionista de macro-empresa.
- Solvencia económica por apertura de depósito a plazo fijo.
- Solvencia económica por inversión de bienes inmuebles.
- Solvencia económica por inversión mixta (Depósito a plazo fijo y bienes inmuebles.
- Por políticas especiales.
- Rentista retirado.
- Jubilado pensionado.
- Inversionista del área económica especial Panamá Pacífico.
- Permiso de trabajo del área económica especial Panamá Pacífico dentro del 10% de los trabajadores ordinarios de una empresa, del desarrollo u operador.
- Inversionista de zonas procesadoras para la exportación.
- Inversionista de centro de llamadas para uso comercial (Call center) para exportación.
- Inversionista de la industria cinematográfica y audiovisual.
- Por razones demográficas.
- Reagrupación familiar en calidad de casado con nacional.
- Reagrupación familiar por ser dependiente de residente permanente.
- Reagrupación familiar por extranjero con hijos panameños.
- Por leyes especiales.
- Tratado de amistad, comercio y navegación entra la República de Panamá y la República de Italia.
- Extranjeros nacionales de países que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con la República de Panamá.
- En calidad de extranjero profesional.
- En calidad de diplomático y miembro de organizaciones internacionales de países que mantienen relaciones diplomáticas amistosas con la República de Panamá, quienes han dejado de prestar sus servicios en sus respectivas posiciones.
- Por razones económicas
- Residencias temporales
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- Por razones laborales.
- Extranjero contratado por el gobierno o entidades autónomas o semiautónomas.
- Extranjero contratado bajo empresas con contrato con el gobierno.
- Extranjero contratado como ejecutivo de empresas de Zona Libre de Colón.
- Extranjero dentro del 10% del personal ordinario.
- Extranjero contratado dentro del 15% del personal especializado.
- Personal contratado como corresponsal de prensa escrita, radial o televisiva internacional pero remunerada en el exterior.
- Extranjero contratado en virtud del acuerdo de Marrakech.
- En calidad de profesional del deporte.
- Por razones de inversión.
- Inversionista agrario.
- Inversionista forestal.
- Por políticas especiales.
- Extranjero contratado por empresas de la industria Cinematográfica y audiovisual.
- Investigador de la Fundación Ciudad del Saber.
- Docente de la Fundación Ciudad del Saber.
- Empresario o ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber.
- Técnico de la Fundación Ciudad del Saber.
- Extranjero contratado por la Autoridad del Canal de Panamá.
- Extranjero contratado por empresa subcontratista de la Autoridad del Canal de Panamá.
- Trabajadores del área económica especial Panamá Pacifico que estén dentro del 15 % de trabajadores especializados.
- Por razones de educación.
- Permiso temporal por razones educativas
- Por razones religiosas.
- En calidad de religioso al servicio de la iglesia Católica y Ortodoxa.
- En calidad de misionero laico al servicio de la Iglesia Católica y Ortodoxa.
- En calidad de estudiante para ser religioso de la Iglesia Católica y Ortodoxa.
- En calidad de ministros, rabinos, pastores, líderes de otras denominaciones o asociaciones religiosas.
- Por reagrupación familiar.
- Permiso de residente temporal por reagrupación familiar.
- Naturalizaciones
- Por razones laborales.
- Permiso de trabajo
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- Por cónyuge de nacionalidad panameña
- Por cónyuge de nacionalidad panameña en virtud de patria potestad
- Permiso indefinido.
- Dentro del 10% del personal ordinario.
- Dentro del 15% de personal especializado.
- Ejecutivo de Zona Libre de Colón.
- Por personal de confianza de empresas que surten efectos en el exterior.
- Por acuerdo de Marrakech.
- Trabajador en calidad de refugiado.
- Por trabajadores que laboran dentro de la Ciudad del Saber.
- Por razones humanitarias.
- Por países amigos.
- Por Tratado Panamá-Italia.
- Por reagrupación familiar.
- Por extranjero profesional.